" Perfeccionando y Capacitando Policías Líderes"
 
DISPOSITIVO DE CREACIÓN

DECRETO SUPREMO Nro. 005-87-IN de 29ENE87

CREANDO LA ESCUELA SUPERIOR DE POLICÍA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.- CONSIDERANDO: Que, Los Centros Superiores de Estudios de la Guardia Civil, Policía de Investigaciones y Guardia Republicana del Perú, fueron creados por Decreto Supremo del 16ene de 1946, Resolución Ministerial del 14 de Julio de 1982 y Decreto Ley Nro.22267 del 17 de Agosto de 1978, respectivamente;-Que, el Decreto Legislativo Nro. 370- Ley Orgánica del Ministerio del Interior en su Art. N° 5 Inc. 3.3, señala la competencia del Ministerio del Interior en su Art.59° deroga las normas que se oponen a dicha Ley;-Que el Decreto Legislativo N° 371- Ley de Bases de la Fuerzas Policiales, en su Artículos 13°, Ind.f y 25°, creó la Dirección de Instrucción dependiente de la Dirección General de la Fuerzas Policiales, y, en su Art. 43° establece entre otros, el derecho del personal policial al perfeccionamiento profesional; Que, el establecer una solo Escuela Nacional de Policía con el criterio de integrar las Escuelas de Formación, de cada instituto policial, es necesario también proceder con el mismo criterio en cuanto a las Escuelas o Centros de Perfeccionamiento de la Fuerzas Policiales;- Que, para tal fin dentro del nuevo Sistema Educativo Policial, se hace indispensable-crear una Escuela Superior que integre los estudios de perfeccionamiento del personal de oficiales policías y de servicios de las Fuerzas Policiales, asumiendo las funciones de los ex -Centros Superiores de Estudios de la Guardia civil, Policía de Investigaciones y Guardia Republicana;- Estando a lo opinado por el Ministro del Interior;
 
DECRETA:
Artículo 1°.- Crear la Escuela Superior de Policía, como órgano encargado de ejecutar el proceso educativo del personal de Oficiales de la Fuerzas Policiales, en el nivel de perfeccionamiento.-
Artículo 2°.- La Escuela Superior de Policía estará a cargo de un Genera de las Fuerzas Policiales y dependerá de la Dirección de Instrucción.-
Artículo 3° - La Escuela Superior de Policía. asumirá las funciones, así como los derechos y obligaciones de los ex-Centros Superiores de Estudios de la Guardia Civil, Policía de Investigaciones y Guardia Republicana.-
Artículo 4° Los Cursos y contenidos curriculares integrados serán determinados en los Planes y Programas correspondientes aprobados de acuerdo a Ley; debiendo los que corresponden al presente año, revestir un carácter experimental.-
Artículo 5°.- Los recursos económicos que demande para su funcionamiento, serán atendidos por la Dirección General de las Fuerzas Policiales.-
Artículo 6° - El presente Decreto Supremo, será refrendado por el Ministro del Interior.-   
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veintinueve días del mes de Enero de mil novecientos ochenta y siete ,- ALAN GARCIA PEREZ.- Abel SALINAS IZAGUIRRE.

 
 
HISTORIA
CURSOS
 
 
DECRETO SUPREMO DE CREACIÓN
Por D.S.Nro.005‑87‑IN de 29ENE87, se crea la Escuela Superior de Policía (ESUPOL), como órgano encargado de ejecutar, el proceso educativo del personal de Oficiales de la Policía Nacional, en el Tercer Nivel del Sistema Educativo Policial, para el ejercicio de las funciones de comando y asesoramiento policial, ejecución y conducción de las operaciones policia­les.
 
Mediante Decreto Legislativo Nro.744 de 08NOV91, se sustituye el Título III del Decreto Legislativo Nro.371, determinado la Macro estructura orgánica de la Policía Nacional señalando como órgano de instrucción a la Dirección de Instrucción de la PNP.
 
La Directiva Nro.130‑91‑DGPNP‑EMG‑OA‑3 de NOV91, dicta normas y procedimientos para adecuar la actual organización de la Policía Nacional siendo la Dirección de Instrucción el órgano encargado de planear, organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar los procesos educativos de formación, capacitación y perfeccionamiento del personal de la Policía Nacional.
 
A mérito del Decreto Legislativo Nro.694 del 05NOV91, la Dirección de Sanidad se incorpora a la PNP, como órgano de apoyo y mediante la Directiva Nro.02‑92‑DGPNP‑OPLAN de 20E­NE92, se dictan normas y procedimientos a seguir para concre­tar su integración a la PNP.
 
La naturaleza e importancia de los contenidos curriculares que desarrolla la ESUPOL, que son de trascendencia nacional e institucional, justifica la creación del Tercer Nivel ‑ Perfeccionamiento Policial, el mismo que es necesario normarlo a fin de que las acciones que ejecuta obedezcan a una tarea educativa sistematizada, de alto contenido Técnico‑científico; para tal efecto se ha diseñado el Reglamento del III NIVEL (ESUPOL)
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