 |
|
 |

ANTECEDENTES
-
Ley 28338 – Ley del Régimen Disciplinario de la PNP del 23JUN2004 se crea el Tribunal Administrativo Disciplinario Nacional y entra en funcionamiento 16NOV2004 con sede en Lima.
-
LEY 29356 de 12MAY09 se modifica la Ley del RD-PNP, cambiando la estructura y funciones del Tribunal Disciplinario de la PNP
NUESTRA VISIÓN
Ser un órgano moderno, eficiente y oportuno en la correcta administración de la disciplina en la Policía Nacional del Perú, con personal altamente calificado y motivado; promoviendo una cultura de disciplina y un servicio policial óptimo, para el fortalecimiento continuo de la imagen institucional.
NUESTRA MISIÓN
Garantizar la administración disciplinaria en la Policía Nacional del Perú, determinando políticas y lineamientos, promoviendo la correcta administración de los recursos de apelación presentados por los administrados; asesorando al comando institucional en salvaguarda de la ética, disciplina, el servicio policial y la imagen institucional, bienes jurídicos imprescindibles para el desarrollo de la función policial.
NUESTRAS FUNCIONES
ART. Nº 53 LEY 29356 Ley del RD-PNP
-
Resolver los recursos de apelación contra las sanciones por Infracciones graves y muy graves.
-
Velar por el cumplimiento de la Ley del Régimen Disciplinario de la PNP y su Reglamento.
-
Fiscalizar el correcto funcionamiento de los Órganos de Investigación y Decisión.
|
|
|
|
|
|